Tribunal de Apelaciones declara inconstitucional orden ejecutiva de Trump sobre ciudadanía por nacimiento

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Un tribunal de apelaciones en Estados Unidos falló este miércoles en contra de la orden ejecutiva firmada por el expresidente Donald Trump que intentaba eliminar el derecho a la ciudadanía por nacimiento, calificándola de inconstitucional e impidiendo su implementación a nivel nacional.

La decisión, emitida por el Circuito de Apelaciones del Noveno Distrito en California, respalda una sentencia previa de una corte de menor instancia y representa el primer fallo de este nivel judicial en torno a dicha medida presidencial.

La demanda fue presentada por los estados de Washington, Arizona, Illinois y Oregon, todos con gobiernos demócratas, que argumentaron que la orden ejecutiva violaba directamente la Enmienda 14 de la Constitución de 1868, la cual garantiza la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense, independientemente del estatus migratorio de sus padres.

“El tribunal de distrito concluyó correctamente que la interpretación propuesta en la Orden Ejecutiva, que niega la ciudadanía a muchas personas nacidas en los Estados Unidos, es inconstitucional. Estamos completamente de acuerdo”, señalaron los jueces en el fallo dividido 2-1.

El tribunal también reconoció que los estados demandantes podrían sufrir daños irreparables si la orden se aplicara, como la pérdida de reembolsos federales por servicios prestados a menores que ya no serían considerados ciudadanos, así como un aumento de los costos administrativos.

Aunque la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha restringido la capacidad de jueces federales para imponer medidas cautelares de alcance nacional, la corte de apelaciones explicó que en este caso específico se justificaba tal alcance, dado el potencial impacto en múltiples estados y sus sistemas de salud y servicios sociales.

La orden ejecutiva, firmada por Trump en su segundo día de mandato, generó amplia controversia por su intento de reinterpretar la Constitución, afectando los derechos de hijos de inmigrantes indocumentados y de personas con visados temporales. Con este fallo, la propuesta queda oficialmente desestimada y sin efecto legal.

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