JCE intimó a Fuerza del Pueblo y el partido asegura que la protesta no tuvo fines proselitistas
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El partido asegura que la actividad del domingo fue una protesta ciudadana y no un acto proselitista; llama a la JCE a valorar el carácter social de la manifestación.
El Partido Fuerza del Pueblo (FP) respondió este lunes a la intimación realizada por la Junta Central Electoral (JCE), rechazando que la marcha protesta del pasado domingo constituya un acto de campaña electoral fuera del tiempo establecido.
Javier Ubiera, suplente del delegado de la FP ante la JCE, admitió que “existe una línea muy fina” entre el ejercicio de los derechos fundamentales y las actividades proselitistas. Sin embargo, afirmó que la organización tomó todas las previsiones necesarias para garantizar que la manifestación se enmarcara exclusivamente dentro del derecho ciudadano a la protesta.
Ubiera explicó que, incluso, la selección musical fue deliberada para evitar cualquier matiz electoral, citando el uso del tema social “El costo de la vida”, del cantautor dominicano Juan Luis Guerra, como ejemplo de esa cautela.
“No podemos controlar expresiones espontáneas”
El representante político aclaró que las expresiones espontáneas de los manifestantes —como consignas, cánticos o el uso de indumentarias afines al partido— forman parte natural de cualquier movilización social y no pueden atribuirse directamente a la Fuerza del Pueblo.
“No es algo que podamos controlar ni limitar; es parte del ejercicio ciudadano”, expresó Ubiera, insistiendo en que no existe base legal para catalogar la marcha como actividad de campaña electoral anticipada.
Recordó además que la Constitución garantiza los derechos de reunión, manifestación y libre expresión, y que estos no pueden confundirse con esfuerzos orientados a captar votos o promover candidaturas.
“Se trató de una protesta, no de proselitismo político ni de apoyo electoral”, puntualizó.
La intimación de la JCE
La Junta Central Electoral intimó formalmente a la Fuerza del Pueblo tras la multitudinaria “Marcha del Pueblo”, celebrada el 30 de noviembre. Según la entidad, la actividad pudo haber excedido los límites del derecho de protesta social y rozado la propaganda electoral anticipada.
En un documento oficial, la JCE subrayó que, aunque reconoce el derecho fundamental a la manifestación, ese ejercicio debe ajustarse al marco constitucional y a la normativa electoral vigente.
El órgano destacó que la marcha fue promovida en canales oficiales del partido y que se utilizaron símbolos, colores y consignas propios de la organización, además de la participación visible de dirigentes y militantes con indumentaria partidaria.
Estos elementos, señaló la Junta, “podrían configurar actos de naturaleza político-partidaria” al combinarse con la difusión masiva de imágenes en redes sociales y medios de comunicación.
Ley 20-23 y posibles sanciones
La JCE recordó que el artículo 308 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral establece sanciones de uno (1) a doscientos (200) salarios mínimos para quienes organicen mítines o manifestaciones fuera de los períodos oficialmente autorizados.
Como medida preventiva, la institución intimó a Fuerza del Pueblo a adoptar de inmediato las disposiciones necesarias para evitar que futuras actividades sociales sean interpretadas como propaganda electoral anticipada.
FP pide valoración objetiva
Fuerza del Pueblo espera que la JCE “valore con objetividad el carácter social” de la manifestación y actúe en estricto apego al marco jurídico que regula los derechos fundamentales.