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TSE deja en fallo recurso contra reglamento de encuestas electorales

TSE deja en fallo recurso contra reglamento de encuestas electorales
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Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado el recurso contencioso en nulidad interpuesto contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual fue aprobado el reglamento que establece el procedimiento para el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.

Durante la audiencia, el TSE ordenó la fusión de los expedientes TSE-01-0014-2026, relativo a una solicitud de medidas cautelares de extrema urgencia, y TSE-01-0013-2026, correspondiente al recurso principal en nulidad, debido a la identidad de partes, objeto y causa. Ambos procesos continuarán bajo el expediente TSE-01-0013-2026.

La acción judicial fue presentada por la organización Justicia Sin Fronteras, representada por el abogado Harrison Féliz Espinosa, contra la Junta Central Electoral.

Los accionantes solicitan la suspensión provisional e inmediata de la ejecución de las disposiciones contenidas en la resolución impugnada, con el objetivo de permitir la libre circulación y publicación de encuestas de opinión con fines electorales.

Asimismo, procuran que la JCE se abstenga de aplicar cualquier medida derivada del artículo décimo tercero del reglamento y sus párrafos, especialmente aquellas relacionadas con restricciones o sanciones a la difusión de encuestas fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña electoral.

La parte demandante argumenta que la Junta Central Electoral habría excedido sus facultades reglamentarias al establecer limitaciones que, a su juicio, no están expresamente contempladas en la legislación dominicana, lo que constituiría una actuación incompatible con la Constitución de la República y el principio de separación de poderes.

Además, fundamentan su recurso en la sentencia TC/0787/24 del Tribunal Constitucional, señalando que los procesos democráticos deben desarrollarse bajo criterios de objetividad, transparencia y respeto al libre flujo de ideas e informaciones.

Tras conocer los argumentos de ambas partes, el Tribunal Superior Electoral decidió reservarse el fallo para emitir su decisión en una fecha posterior.

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