Diputados aprueban 40 cambios al nuevo Código Penal y envían proyecto al Senado
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La Cámara Baja incorporó ocho nuevas modificaciones al texto y ajustó artículos sobre estafa inmobiliaria, proxenetismo, discriminación, autosecuestro y exhibicionismo sexual.
Santo Domingo.– La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en segunda lectura, el proyecto que modifica la Ley 74-25 del nuevo Código Penal, incorporando un total de 40 cambios al texto legislativo antes de remitirlo al Senado de la República para su conocimiento definitivo.
La iniciativa, que deberá ser conocida en dos lecturas por el Senado, introduce ocho nuevas modificaciones adicionales a las 32 aprobadas durante la sesión del pasado sábado, con el objetivo de fortalecer la aplicación de la legislación antes de su entrada en vigencia durante la primera semana de agosto.
Si el Senado aprueba el proyecto sin introducir nuevas variaciones, la pieza será enviada al presidente Luis Abinader, quien tendrá la facultad de promulgarla u observarla.
Los principales cambios aprobados
Entre las modificaciones más relevantes figura el artículo 238, relativo a la estafa agravada, donde los diputados incorporaron un nuevo párrafo para endurecer las sanciones en los casos de fraude inmobiliario.
La disposición establece penas de cinco a diez años de prisión mayor para quienes vendan o prometan vender un inmueble en planos, reciban parcial o totalmente el dinero acordado y posteriormente incumplan la entrega o comercialicen el mismo inmueble a más de un comprador.
Con esta medida, los legisladores buscan combatir una de las modalidades de fraude inmobiliario más frecuentes en el país.
Cambios al delito de proxenetismo agravado
Otra de las modificaciones importantes corresponde al artículo 177, que regula el proxenetismo agravado.
La Cámara de Diputados eliminó el numeral 10, que establecía como agravante los casos en que la víctima fuera obligada, coaccionada o amenazada mediante la retención de documentos personales.
Sin embargo, el texto mantiene como agravantes los casos en que la captación de víctimas se realice fuera del territorio nacional o cuando se utilicen establecimientos para facilitar la explotación sexual.
El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, explicó que la modificación fue recomendada por la Procuraduría General de la República debido a que esa conducta ya está contemplada en la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, evitando duplicidad normativa.
Ajustes al delito de autosecuestro
Los diputados también modificaron el artículo 170, relativo al autosecuestro, incorporando la palabra «preparación» para corregir una deficiencia en la redacción.
El artículo dispone que quienes colaboren en la planificación o ejecución del autosecuestro recibirán la misma sanción que el autor principal del delito.
La pena prevista continúa siendo de dos a tres años de prisión menor, además de una multa de hasta 15 salarios mínimos.
Excepción para manifestaciones artísticas
En el artículo 142, referente al exhibicionismo sexual, los legisladores aprobaron un nuevo numeral que excluye de responsabilidad penal determinadas manifestaciones artísticas dirigidas exclusivamente a personas adultas.
La disposición establece que no constituirá delito cuando estos actos formen parte de espectáculos artísticos destinados a mayores de edad y no lesionen el bien jurídico protegido por la ley.
Durante el debate, Alfredo Pacheco explicó que esta excepción responde a prácticas permitidas en numerosos países.
Modifican el artículo sobre discriminación
Otra de las modificaciones fue incorporada al artículo 173, que tipifica el delito de discriminación.
La propuesta, presentada por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, añade un párrafo que establece que no existirá discriminación cuando la actuación esté sustentada en el ejercicio legítimo de un derecho constitucional o legal, cuando exista imposibilidad material o en situaciones de fuerza mayor.
Según explicó Pacheco, esta modificación busca aclarar el alcance de la norma tras las observaciones formuladas por diversos sectores de la sociedad durante el proceso de discusión.
Cambios de forma y correcciones técnicas
Los diputados también realizaron modificaciones de estilo en el artículo 104, relativo a los daños ocasionados mediante sustancias químicas conocidas popularmente como «ácido del diablo», así como en el artículo 141, que regula la prescripción de los delitos sexuales.
Asimismo, fue aprobado un artículo que autoriza a los técnicos legislativos a realizar correcciones ortográficas, gramaticales y de técnica legislativa antes de la promulgación definitiva del texto.
Próximo paso: el Senado
Con la aprobación en segunda lectura, el proyecto pasa ahora al Senado de la República, donde deberá ser debatido y votado en dos sesiones reglamentarias.
De ser aprobado por los senadores sin modificaciones adicionales, el nuevo texto será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación, lo que permitiría que las reformas entren en vigor conforme al calendario previsto para la implementación de la Ley 74-25 del Código Penal.