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Nuevo Código Penal castiga profanación de tumbas

Nuevo Código Penal castiga profanación de tumbas
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SANTO DOMINGO.– El nuevo Código Penal dominicano endurece las sanciones contra quienes profanen tumbas, manipulen restos humanos o utilicen cadáveres con fines rituales, comerciales o supersticiosos, estableciendo penas que pueden alcanzar hasta 10 años de prisión.

La disposición está contemplada en el artículo 222 de la nueva normativa, que entró en vigencia el pasado 3 de agosto. El abogado penalista Amadeo Peralta explicó que la legislación busca responder a prácticas que afectan la dignidad de los fallecidos y la tranquilidad de sus familiares.

De acuerdo con el jurista, quienes profanen, mutilen, destruyan, oculten, exhiban o ultrajen cadáveres o restos humanos, así como quienes los exhumen o trasladen sin autorización legal, podrían enfrentar penas de dos a tres años de prisión menor, además de multas de entre nueve y 15 salarios mínimos del sector público.

Sin embargo, las sanciones aumentan considerablemente cuando los restos humanos son utilizados con determinados propósitos.

Hasta 10 años por utilizar cadáveres en rituales

El párrafo I del artículo 222 establece penas de cinco a 10 años de prisión mayor, además de multas de entre 10 y 20 salarios mínimos del sector público, cuando los cadáveres o restos humanos sean aprovechados con fines comerciales, rituales o actos de naturaleza supersticiosa.

La disposición incluye prácticas en las que se utilicen restos humanos como parte de ceremonias o rituales, independientemente de las creencias de quienes las realicen.

Peralta explicó que la nueva legislación establece así una respuesta penal más severa frente a quienes ingresen ilegalmente a cementerios para extraer cadáveres o restos humanos con el propósito de utilizarlos posteriormente.

También sancionan el robo y venta de ataúdes

El nuevo Código Penal también contempla sanciones contra quienes sustraigan ilegalmente ataúdes u otros efectos fúnebres de las tumbas.

Según explicó el abogado, el párrafo II del artículo 222 establece penas de hasta 10 años de prisión para quienes roben estos objetos, pero también para las personas que los compren, vendan o encubran cuando conozcan su procedencia ilícita.

La normativa busca evitar que los cementerios sean utilizados como fuente de objetos destinados al comercio ilegal o a prácticas que vulneren el respeto debido a los fallecidos.

Una protección para los difuntos y sus familiares

El abogado penalista consideró que las nuevas disposiciones representan un endurecimiento importante de la legislación dominicana frente a la profanación de sepulturas.

La extracción de restos humanos sin autorización no solo afecta la dignidad de la persona fallecida, sino que también puede provocar un profundo impacto emocional en sus familiares, quienes tienen derecho a preservar el lugar de descanso de sus seres queridos.

Las autoridades podrán perseguir estas conductas cuando existan elementos que permitan establecer que una tumba fue profanada, que restos humanos fueron manipulados ilegalmente o que cadáveres y objetos funerarios fueron utilizados con fines prohibidos por la legislación.

Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, la República Dominicana cuenta ahora con penas más severas para quienes atenten contra la integridad de los cadáveres, las tumbas y los espacios destinados al descanso de los fallecidos.

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