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Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la demanda en ejecución de sentencia y liquidación de astreinte contra el Partido Justicia Social (JS), que contemplaba una sanción de RD$1,500 diarios, impuesta mediante la sentencia TSE/0022/2025, dictada el pasado 4 de septiembre.
La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, tras constatar que el partido presentó los informes financieros sobre el uso de fondos públicos otorgados por la Junta Central Electoral (JCE), cumpliendo con lo dispuesto en el ordinal cuarto de la sentencia referida.
El Tribunal señaló que, si bien la parte demandante alegó incumplimiento parcial por la falta de soportes en dichos informes, ese requerimiento se encuentra en la parte considerativa de la decisión íntegra y no en su dispositivo, además de no existir constancia de que dicha sentencia íntegra fuera notificada formalmente a la parte demandada, lo que impide atribuir incumplimiento en este aspecto.
La Alta Corte admitió la demanda en cuanto a la forma, por haberse presentado conforme a las disposiciones constitucionales y legales, pero la rechazó en cuanto al fondo, declarando el proceso libre de costas y disponiendo la notificación y publicación de la decisión en el portal institucional del TSE.
En la misma sesión, el Tribunal dejó en estado de fallo reservado el recurso de impugnación contra la Resolución 1-2025 emitida por la Dirección Ejecutiva Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio El Valle, provincia Hato Mayor.
Asimismo, el TSE aplazó para el jueves 16 de octubre las audiencias de dos procesos contra el Partido Fuerza del Pueblo, relativos a recursos de impugnación y anulación del Congreso Elector Manolo Tavárez Justo, celebrado el 3 de agosto en Monte Plata.