Santo Domingo.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra el teniente coronel del Ejército de la República Dominicana, Samuel Elías Céspedes Valdez, imputado por la muerte de la joven Licairis Yalibes Díaz Valenzuela, ocurrida el pasado domingo 25 de enero en el parque Mirador Sur, en el Distrito Nacional.
La decisión fue adoptada por el juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, quien ordenó que el imputado cumpla la medida cautelar en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, al considerar que existen suficientes elementos que vinculan al acusado con los hechos y justifican la imposición de prisión preventiva.
De acuerdo con el Ministerio Público, Céspedes Valdez mantenía una relación sentimental con la víctima y le habría quitado la vida con un arma de fuego durante una discusión, mientras ambos se encontraban en el referido parque. Tras recibir la alerta, agentes policiales se presentaron en el lugar, donde confirmaron el fallecimiento de la joven.
La solicitud de coerción, presentada por la procuradora de corte Santa Matilde Reyes Valenzuela, titular del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía del Distrito Nacional, detalla que el imputado fue arrestado en flagrante delito, luego de que se le leyeran sus derechos constitucionales y fuera trasladado a la dependencia correspondiente para los fines legales.
El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), a través de un médico legista, certificó que la causa de muerte fue una herida provocada por proyectil de arma de fuego, con una trayectoria incompatible con un hecho accidental, versión que había sido alegada inicialmente por el imputado. El Ministerio Público sostiene que la evidencia forense permite establecer que se trató de un homicidio voluntario.
Durante la intervención, el arma utilizada fue entregada de manera voluntaria y quedó bajo custodia de las autoridades. El órgano acusador calificó jurídicamente los hechos como homicidio voluntario, en violación a los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano, y continuará profundizando las investigaciones de cara al proceso judicial.