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Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) inició un procedimiento administrativo sancionador contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L., por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período permitido por el Reglamento sobre Encuestas aprobado por el organismo.
La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE ordenara investigar dos estudios de opinión atribuidos a la empresa, publicados los días 1 de junio y 13 de julio de 2026.
Las encuestas, difundidas por Diario Libre, contenían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a las elecciones de 2028.
De acuerdo con la JCE, ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigencia del Reglamento sobre Encuestas, el 22 de mayo de 2026, y antes del inicio oficial del período de precampaña, etapa en la que estaría autorizada la difusión de este tipo de estudios.
El organismo electoral sostiene que el artículo 13 del reglamento prohíbe la publicación o difusión de encuestas con fines electorales fuera de los plazos establecidos.
Posibles sanciones
El reglamento contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma encuestadora por un período de entre seis meses y un año. La cancelación definitiva del registro solo procedería en caso de reincidencia.
No obstante, la JCE aclaró que el pliego de cargos tiene carácter provisional y que durante la fase de instrucción deberá determinarse el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de los estudios.
La empresa contará con 10 días para presentar sus argumentos de defensa.
Debate sobre el reglamento
El procedimiento se produce en medio de un debate jurídico sobre el alcance del Reglamento sobre Encuestas. Mientras la Ley 20-23 de Régimen Electoral únicamente prohíbe publicar encuestas durante los ocho días previos a las elecciones y hasta cinco horas después del cierre de las votaciones, el reglamento de la JCE limita también su difusión antes del inicio de la precampaña.
Esa disposición ha sido cuestionada por organizaciones como Finjus y Participación Ciudadana, que consideran que la restricción carece de respaldo legal y podría entrar en conflicto con el artículo 49 de la Constitución, que garantiza la libertad de expresión y el derecho a difundir información.
La controversia fue remitida al Tribunal Constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) se declarara incompetente para conocer el caso.
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