Estado gana disputa por millones de Trujillo en Banreservas
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SANTO DOMINGO.– Una disputa judicial que se extendió durante 76 años llegó a su desenlace en los tribunales dominicanos y terminó con una decisión favorable al Estado sobre unos fondos depositados en el entonces Banco de Reservas por el dictador Rafael Leónidas Trujillo.
La historia comenzó en 1950, cuando desde la oficina particular de Trujillo fueron depositados aproximadamente US$2.3 millones en Banreservas. La operación quedó registrada mediante la constancia número 2117 y estuvo acompañada de una carta que establecía que el dinero sería entregado a Lina Altagracia Lovatón Pittaluga en caso de fallecimiento del dictador.
Lovatón fue pareja sentimental de Trujillo y madre de dos de sus hijos.
Herederos reclamaron los fondos
Décadas después, los hijos de Lovatón, Rafael José Ramón Trujillo Lovatón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón, acudieron a los tribunales para reclamar los recursos en calidad de herederos de su madre.
El reclamo adquirió especial relevancia en 2013, cuando los demandantes estimaron que el depósito original, sumado a los intereses acumulados durante más de seis décadas, podía alcanzar unos US$103 millones, equivalentes entonces a más de RD$4,400 millones.
Lo que inicialmente podía parecer una disputa relacionada con un antiguo depósito bancario terminó convirtiéndose en un caso directamente vinculado con las consecuencias patrimoniales de la dictadura de Trujillo.
La confiscación de los bienes de la dictadura
El punto central del proceso fue determinar si esos recursos podían considerarse parte de los bienes alcanzados por las disposiciones adoptadas después de la caída del régimen.
Los tribunales analizaron la aplicación de la Ley 5785-62, legislación mediante la cual fueron confiscados bienes pertenecientes a Trujillo, sus familiares y personas vinculadas a su entorno.
La controversia llegó hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que mediante la sentencia SCJ-PS-25-0816, del 30 de abril de 2025, estableció un criterio determinante para el desenlace del caso.
La Suprema Corte consideró que, aunque Lina Lovatón no aparecía mencionada expresamente en la legislación confiscatoria, existían elementos suficientes para establecer la vinculación de los fondos con el patrimonio de Trujillo.
Entre esos elementos figuraron la relación sentimental entre ambos, los hijos que procrearon y, especialmente, que el propio dictador hubiera colocado los recursos en beneficio de Lovatón.
Un depósito convertido en una batalla de generaciones
El caso representa uno de los litigios patrimoniales más singulares relacionados con la herencia económica de la dictadura dominicana.
Lo que comenzó con un depósito realizado en 1950 terminó siendo objeto de reclamaciones judiciales durante décadas, atravesando distintas generaciones y llegando finalmente a la máxima instancia judicial ordinaria del país.
La decisión judicial deja establecido que los recursos no podían ser considerados simplemente como un patrimonio privado susceptible de ser reclamado por los herederos de Lovatón, sino que estaban vinculados al patrimonio alcanzado por las medidas de confiscación posteriores al régimen.
De esta manera, el Estado dominicano terminó imponiéndose en una disputa que se prolongó durante más de siete décadas, cerrando un capítulo judicial relacionado con una de las figuras más controversiales de la historia política dominicana.
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