**Santo Domingo.** – La Cámara de Cuentas de la República Dominicana informó que solo 127 funcionarios municipales, entre electos, reelectos y salientes, realizaron su declaración jurada de patrimonio dentro del plazo establecido, que venció formalmente el pasado viernes 24 de mayo. Sin embargo, debido a la alta concurrencia de declarantes completando información faltante, se extendió la jornada hasta el sábado 25 de mayo.
Según Génesis Bello, directora de Declaración Jurada, otros 198 declarantes vieron sus declaraciones devueltas por presentar documentación incorrecta, como realizar la declaración ante un notario bajo la derogada ley 82-79, o por falta de documentos de soporte como certificaciones bancarias.
La Ley 311-14 y su reglamento de aplicación, número 92-16, establece un plazo de 30 días calendario para que los funcionarios municipales electos, que inició el 25 de abril, un día después de su toma de posesión, presenten su declaración jurada. Bello explicó que, aunque el plazo ha vencido, los funcionarios aún pueden depositar sus declaraciones, aunque esto será considerado como un depósito tardío.
Desde el inicio del plazo, el proceso de prerregistro y registro de usuarios fue lento, incrementando significativamente en la última semana. En total, aproximadamente 2,500 funcionarios municipales electos y reelectos deben presentar su declaración jurada de inicio del cargo o actualización de datos, junto con los funcionarios salientes que tienen los mismos plazos y requisitos.
La directora de Declaración Jurada aclaró que, si a un declarante le falta uno o dos documentos pero entrega dentro del plazo, se le otorgan diez días adicionales para completarlo. Sin embargo, algunos expedientes han sido devueltos por no cumplir con los requisitos establecidos por la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.
Sobre las sanciones, el Reglamento de Aplicación de la Ley 311-14, en su Artículo 30, permite la retención de salarios para quienes no cumplen con la presentación de la declaración jurada. Esta retención se aplica tanto a los funcionarios que cobran vía Tesorería Nacional como a aquellos que reciben su salario de otras fuentes, mediante una indicación de la Cámara de Cuentas. Las sanciones son de aplicación inmediata tras el vencimiento del plazo.
La Cámara de Cuentas remitirá cada dos meses un listado de los funcionarios que presentan tardío o que se mantienen omisos al Ministerio Público, conforme a lo establecido por la norma.
La Cámara de Cuentas reitera la importancia de cumplir con la declaración jurada de patrimonio para garantizar la transparencia y rendición de cuentas de los funcionarios públicos, instando a aquellos que aún no han cumplido a regularizar su situación lo antes posible.