Nuevas reglas para inquilinos en RD: aumentan depósitos y desalojos serán más rápidos, advierte experta legal

0
12
Getting your Trinity Audio player ready...

La doctora María Argentina Ceballos Hernández explica los cambios clave en la ley de alquileres y el reconocimiento constitucional del derecho de propiedad

SANTO DOMINGO. – La doctora María Argentina Ceballos Hernández, experta en derecho inmobiliario, explicó a Portada Nacional los principales cambios introducidos en el proyecto de ley de alquileres, aprobado recientemente en vista pública por los diputados. En sus palabras, “los inquilinos han perdido la batalla”, ya que las modificaciones favorecen ampliamente a los propietarios, reconociendo el derecho constitucional de propiedad consagrado en el artículo 51 de la Carta Magna.

“Si no paga, está afuera. Así de claro. Se acabaron los privilegios que tenían algunos inquilinos abusivos. Ahora el que no pague y venza el contrato, deberá entregar la propiedad o enfrentar consecuencias legales”, afirmó la jurista.

 De uno a tres depósitos y derecho a aumentar el alquiler

Uno de los cambios más significativos es la modificación del artículo 10 del proyecto de ley, que ahora permite al propietario:

  • Solicitar hasta tres depósitos (anteriormente era solo uno).
  • Aplicar un aumento anual de hasta un 10% sobre el valor del alquiler (antes era 5%).

“Si usted alquila en RD$10,000 y desea renovar el contrato, el dueño puede subirle RD$1,000 cada año. La ley ahora lo permite”, explicó la doctora Ceballos.

 Desalojo más rápido y con uso de fuerza pública autorizada

La ley también fue reformada para que, al vencerse un contrato, el inquilino deba entregar la propiedad automáticamente, sin necesidad de procesos judiciales extensos.

Además, se modificó el artículo 45 para vincular la ejecución de sentencias en temas de alquiler con la ley 396-19 sobre el uso de la fuerza pública, lo que acelera considerablemente los procesos de desalojo legal.

“Ahora no va a ser tan fácil quedarse en una casa ajena. Se va a usar la fuerza pública, si es necesario, y rápido”, sostuvo la experta.

 Inmuebles abandonados: el propietario podrá recuperarlos por vía notarial

Otra novedad importante es la recuperación de viviendas abandonadas por parte de inquilinos:

  • Si un inquilino abandona el inmueble, el propietario podrá levantar un acta notarial.
  • Esta acta se presentará ante el juez de paz, quien podrá autorizar la apertura y recuperación del inmueble sin mayores dilaciones.

 Llamado a la convivencia y respeto mutuo

La doctora Ceballos recordó que, aunque la ley protege al propietario, también obliga a este a respetar el derecho de uso del inquilino mientras el contrato esté vigente:

“Cuando usted alquila, se despoja temporalmente de su propiedad. El inquilino debe cuidarla como suya, pero el dueño no puede entrar sin permiso ni modificar nada sin autorización. Es un contrato de confianza y respeto.”

Finalizó su intervención con un llamado a la convivencia pacífica y al cumplimiento de la ley:

“Los inquilinos deben pagar, y si no pueden, entregar la vivienda. Y los propietarios, tratar con dignidad y empatía a quienes viven en sus inmuebles. Esta es la única forma de mantener un mercado sano y justo.”

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí