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TSE rechaza medida cautelar contra órganos de Fuerza del Pueblo

TSE rechaza medida cautelar contra órganos de Fuerza del Pueblo

Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de medida cautelar anticipada interpuesta contra varios órganos internos del partido Fuerza del Pueblo, al considerar que no se cumplieron los requisitos legales establecidos.

La alta corte electoral fundamentó su decisión en que no se acreditó de manera fehaciente la verosimilitud del derecho invocado ni la existencia de un daño inminente e irreparable que justificara la adopción de la medida, conforme a lo dispuesto en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del tribunal, junto a Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias, jueces titulares, quienes además rechazaron un medio de inadmisión por falta de objeto presentado por la parte demandada.

El tribunal explicó que en el expediente no existe constancia de que las autoridades electas en los plenos celebrados los días 29 de enero y 8 de febrero del presente año hayan sido juramentadas, lo que incidió en la evaluación del caso.

Asimismo, el TSE dispuso que la ordenanza sea notificada a las partes a través de la Secretaría del tribunal, así como publicada en su portal institucional y en el Boletín Contencioso Electoral.

La solicitud de medida cautelar fue interpuesta el 24 de febrero de 2026 por los ciudadanos Diderot Mateo Brito, Virgilio Solano, Danilo Santana, Rosmeris Ana Bello Ramírez y Juana De los Santos Hernández, quienes accionaron contra la Comisión Especial de Reservas y Consenso, la Comisión Nacional Electoral, la Secretaría de Organización y la Comisión Electoral Municipal del referido partido.

El proceso fue admitido conforme a las reglas procesales aplicables, aunque finalmente la medida cautelar fue desestimada por el órgano jurisdiccional.

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