Economía

Mayores de 60 años podrían estar exentos del impuesto predial: ¿qué establece la ley?

Mayores de 60 años podrían estar exentos del impuesto predial: ¿qué establece la ley?
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Santo Domingo.– Las personas mayores de 60 años pueden beneficiarse de una exención del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) en República Dominicana, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la legislación tributaria.

La disposición no significa que todo adulto mayor de 60 años quede automáticamente liberado de pagar impuestos por cualquier propiedad. La exención está condicionada a determinados requisitos relacionados con el patrimonio inmobiliario y la situación del propietario.

Entre los aspectos que deben tomarse en cuenta están:

  • Edad del propietario: debe cumplir con el requisito establecido por la normativa.
  • Tipo y cantidad de inmuebles: la exención está dirigida a determinados casos y no implica que todas las propiedades de una persona queden automáticamente libres del impuesto.
  • Valor del patrimonio inmobiliario: el IPI se determina tomando en consideración el valor de los inmuebles sujetos al tributo.
  • Condiciones especiales: existen disposiciones para personas de edad avanzada que pueden permitirles solicitar el beneficio cuando cumplen los requisitos correspondientes.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es la institución encargada de administrar el IPI y verificar las condiciones para aplicar las exenciones contempladas en la legislación.

Por esta razón, antes de asumir que por tener más de 60 años una persona está completamente exenta, es recomendable verificar el valor de la propiedad, la titularidad, los demás inmuebles registrados y las condiciones específicas que establece la normativa vigente.

¿Quiénes deben prestar atención?

El tema es especialmente importante para adultos mayores que son propietarios de viviendas y que han recibido notificaciones relacionadas con el IPI. En estos casos, la edad por sí sola no necesariamente elimina todas las obligaciones tributarias.

Portada Nacional recomienda a los contribuyentes consultar directamente con la DGII o con un profesional tributario para determinar si califican para una exención antes de dejar de realizar un pago.

Título corto: Mayores de 60 años y el impuesto predial: ¿están exentos?

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