TSE reserva fallo sobre demanda contra 33 partidos por no alcanzar 1 % en 2024
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SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó el fallo tras concluir el conocimiento del fondo de la demanda en nulidad de personería jurídica de partidos minoritarios que no obtuvieron el 1 % de los votos en las elecciones de 2024, interpuesta por el Proyecto Visión Nación (PVN) y el doctor José Cristopher Ramírez contra 33 organizaciones políticas.
Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, otorgaron un plazo común de 10 días a las partes para depositar escritos justificativos de sus conclusiones.
Vencido ese plazo, el expediente TSE-01-0021-2026 quedará en estado de fallo reservado.
Los accionantes solicitan al tribunal ordenar a la Junta Central Electoral (JCE) aplicar de manera estricta el artículo 75 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, al considerar que dicha disposición establece las consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcanzan el porcentaje mínimo de sufragios.
Por su parte, la Junta Central Electoral solicitó declarar inadmisible la demanda.
Las organizaciones políticas involucradas fueron puestas en causa a solicitud de la JCE. Entre las que acudieron al tribunal figuran el Partido Unidad Nacional (PUN), Partido Justicia Social (JS), Alianza País (ALPAIS), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Partido Cívico Renovador (PCR), Generación de Servidores (GenS), MODA, Partido Humanista Dominicano (PHD), Alianza por la Democracia (APD), Primero La Gente (PPG), Esperanza Democrática (PED), Opción Democrática (OD), PQDC, Partido Liberal Reformista (PLR), Frente Amplio (FAMP), Partido Revolucionario Independiente (PRI), Partido de Acción Liberal (PAL), Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Demócrata Popular (PDP) y Unión Demócrata Cristiana (UDC).
También fueron puestas en causa el Partido Verde Dominicano (PASOVE), Partido Socialista Cristiano (PSC), Partido Demócrata Institucional (PDI), Partido Nacional Voluntad Ciudadana (PNVC), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Camino Nuevo (CN), Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP), Movimiento Comunitario Político Nosotros P’ Cuando (MCNPC), Movimiento Político Águila (MA), Movimiento Humanista Independiente (MHI), Movimiento Confraternidad Dominicana (CCD) y Movimiento Independiente del Municipio de Consuelo (MINCO).
TSE declara inadmisible amparo contra el PHD
En otra audiencia, el TSE declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta contra el Partido Humanista Dominicano (PHD), Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria de esa organización.
El tribunal acogió el medio de inadmisión planteado por la parte accionada y declaró inadmisible la acción presentada el 10 de septiembre de 2026 por Loida Guzmán Santiago, Ana Lucía Santiago Collado, Alexandra Roque Tejada, Samuel Brito Guzmán, Randy Jhonnsos y compartes.
La decisión se fundamentó en que existe otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos alegadamente vulnerados: la impugnación contra actuaciones partidarias concretas, prevista en la legislación electoral correspondiente.
TSE prorroga plazo en caso contra el PRM
En otro proceso, el TSE otorgó una prórroga para la comunicación recíproca de documentos dentro del expediente TSE-01-0024-2026, relativo a una acción sobre la actuación de la Dirección Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio de Sabana Iglesia.
El Pleno concedió un plazo común hasta el 2 de octubre de 2026 para que ambas partes depositen los documentos de su interés y fijó para el 7 de octubre la próxima audiencia, quedando las partes debidamente citadas.
Figuran como accionantes Lenny Altagracia Vargas Plasencia, Andrés Mane de la Rosa y Santiago Felipe Rodríguez, mientras que como accionados aparecen el PRM y la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI).