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Juez mantiene acusación por homicidio involuntario en caso Jet Set y rechaza aplicar dolo eventual

Juez mantiene acusación por homicidio involuntario en caso Jet Set y rechaza aplicar dolo eventual
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Santo Domingo. – El juez Raymundo Mejía rechazó la solicitud presentada por un grupo de abogados de las víctimas del colapso de la discoteca Jet Set para modificar la calificación jurídica del proceso e incluir la figura de dolo eventual, por lo que los hermanos Antonio y Maribel Espaillat serán juzgados por homicidio involuntario.

La decisión fue anunciada durante la audiencia preliminar celebrada este lunes, en la que el magistrado ordenó la apertura a juicio de fondo contra los principales imputados por el derrumbe ocurrido el 8 de abril de 2025, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.

Un total de doce abogados representantes de víctimas solicitaron al tribunal variar la tipificación penal para aumentar la responsabilidad de los acusados mediante la aplicación del dolo eventual. Sin embargo, el juez consideró que la petición carecía de fundamento jurídico y probatorio.

“Yo no puedo en este caso acoger lo pedido por los abogados, porque no hay sustento en hecho y en derecho”, expresó el magistrado al motivar su decisión.

Justicia no es venganza

Durante su intervención, Mejía enfatizó que los tribunales deben actuar conforme a los principios constitucionales y legales, y no sobre la base de sentimientos de represalia.

“Yo en mi condición de juez estoy atado a la Constitución y a la ley. No a lo que yo quiera. Tengo que fallar en base a lo que establece la ley. La justicia no se maneja así. La justicia no es para venganza. La justicia actúa bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad”, manifestó.

El juez recordó que el principio de legalidad limita la actuación de todas las instituciones del Estado y obliga a que las decisiones judiciales se sustenten exclusivamente en las normas vigentes y en las pruebas incorporadas al proceso.

Jurisprudencia presentada no aplica al caso

El magistrado explicó que examinó las sentencias de la Suprema Corte de Justicia presentadas por los abogados querellantes como precedente para sustentar la figura de dolo eventual, pero concluyó que los casos citados no guardan similitud con los hechos investigados en el colapso de la discoteca.

Según indicó, las circunstancias del caso Jet Set no permiten establecer que los acusados actuaran con intención indirecta de provocar la muerte de las personas presentes en el establecimiento.

“No hay dolo eventual en un derrumbe donde incluso una de las imputadas estuvo ahí adentro y le cayó el techo. Y no se puede equiparar a una conducta donde un ciudadano realiza disparos a una multitud”, señaló.

El juez destacó además que Maribel Espaillat también se encontraba dentro del centro nocturno al momento del colapso, lo que, a su juicio, constituye un elemento incompatible con la teoría de que los acusados aceptaron conscientemente la posibilidad de causar una tragedia de esa magnitud.

Respaldo a la acusación del Ministerio Público

Mejía valoró igualmente que la mayoría de los representantes legales de las víctimas respaldaran la acusación presentada por el Ministerio Público.

Indicó que 42 de los abogados querellantes se adhirieron a la calificación jurídica de homicidio involuntario planteada por el órgano acusador, mientras que únicamente doce respaldaron la solicitud de aplicar dolo eventual.

La acusación por homicidio involuntario contempla una pena máxima de dos años de prisión, según la legislación vigente.

Con esta decisión, el proceso avanza a la fase de juicio de fondo, donde se debatirán las pruebas y se determinará la responsabilidad penal y civil de Antonio y Maribel Espaillat por el colapso de la discoteca Jet Set.

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