TSE declina al Tribunal Constitucional recurso contra reglamento de encuestadoras
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Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el recurso contencioso en nulidad interpuesto contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que aprueba el Reglamento para el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, y remitió el expediente al Tribunal Constitucional.
La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias, quienes concluyeron que la acción presentada constituye un control concentrado de constitucionalidad, competencia exclusiva del Tribunal Constitucional.
El recurso, presentado por la entidad Justicia Sin Fronteras, Inc., buscaba la nulidad del artículo décimo tercero del reglamento aprobado por la JCE mediante la Resolución núm. 14-2026, emitida el 22 de mayo de 2026.
En su sentencia, el TSE fundamentó su decisión en el artículo 36 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como en la Sentencia núm. TSE/0025/2026, al considerar que la controversia corresponde a la jurisdicción constitucional.
Asimismo, el tribunal ratificó la fusión de los expedientes TSE-01-0013-2026 y TSE-01-0014-2026, al establecer que existe conexidad entre las partes, la causa y las pretensiones planteadas.
La Alta Corte también declaró inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por la parte accionante, al entender que, tras resolver la incompetencia, dicha petición quedó sin objeto.
Finalmente, el TSE declaró las costas de oficio y ordenó la notificación de la sentencia a las partes, además de su publicación en el portal institucional y en el Boletín Contencioso Electoral para los fines correspondientes.