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Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó este jueves la suspensión provisional de la reunión del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), programada para el domingo 8 de junio de 2025, cuyo propósito era seleccionar a los aspirantes a precandidaturas presidenciales que participarían en un proceso interno.
La decisión también detiene todos los actos relacionados con la ejecución del numeral 3 del Acta núm. 3, de fecha 3 de marzo de 2025, en la cual se acordaron el mecanismo y la fecha para dicha selección interna.
Esta medida cautelar fue acogida en cuanto al fondo por el TSE, tras constatar que se cumplen los requisitos del artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. En su dictamen, el tribunal estableció que existe verosimilitud en el derecho invocado, un posible perjuicio que comprometería la efectividad de una eventual sentencia definitiva, y una coincidencia entre el objeto de la medida y la acción principal.
La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, y los jueces titulares Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri. Indicaron que la medida se mantendrá vigente hasta tanto se emita una sentencia sobre el fondo de la demanda principal o surja una causa que justifique su revisión.
Previamente, el tribunal rechazó varios medios de inadmisión presentados por la parte demandada, entre ellos, la supuesta extemporaneidad de la solicitud, la falta de legitimación activa del demandante y la ausencia de interés legítimo. Sobre este último punto, el TSE argumentó que cualquier miembro de una organización política tiene derecho a recurrir ante instancias judiciales si considera que se ha vulnerado la democracia interna del partido.
También fue desestimado el alegato de no agotamiento de la vía interna del partido, al no ser un requisito exigible para la solicitud de medidas cautelares según el reglamento vigente.
El demandante, Eleuterio Abad Santos, acreditó su condición de miembro del PLD, lo que según el tribunal le otorga plena legitimidad para accionar en este proceso.
Al cierre de esta nota, la audiencia sobre el fondo de la demanda principal, relativa a los acuerdos internos del PLD, continuaba su curso en el TSE.