TSE deja en estado de fallo reservado corrección de actas del Colegio Electoral 0090 en San Cristóbal

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Santo Domingo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado el proceso de corrección de actas del Colegio Electoral 0090, ubicado en el recinto Básica Las Palmas, distrito municipal Hatillo, municipio San Cristóbal. Este caso fue declinado por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia TC/1060/24, emitida el 30 de diciembre de 2024 y recibida por el TSE el 15 de abril de 2025.

El recurso fue interpuesto por José Antonio Tamárez Espinosa, candidato a vocal en dicha demarcación, contra la Junta Central Electoral (JCE). Durante la audiencia, la JCE solicitó la inadmisión del recurso, alegando violación al principio de inmutabilidad del proceso debido a que las conclusiones presentadas no correspondían con las del acto introductorio de la demanda. Asimismo, planteó la inadmisibilidad por falta de objeto, al tratarse de una situación ya consolidada jurídicamente.

El tribunal, presidido por el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo e integrado por los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, otorgó un plazo de cinco días a ambas partes para presentar un escrito justificativo de sus conclusiones, tras lo cual el caso pasará a la etapa de fallo reservado.

Antecedentes del proceso

En la primera audiencia, celebrada el 26 de mayo de 2025, el Tribunal conoció y falló varios pedimentos dirigidos a viabilizar el conocimiento de fondo del proceso. Se rechazó un informativo testimonial presentado por la defensa de Tamárez Espinosa, al determinarse que el caso debe sustentarse en pruebas documentales, conforme a los límites establecidos por la sentencia del Tribunal Constitucional.

Asimismo, se acogió una solicitud de la JCE para disponer de más tiempo a fin de examinar las piezas del expediente TSE-01-0009-2025. También se ordenó la comunicación recíproca de documentos entre las partes, como parte del debido proceso.

Finalmente, el Tribunal dispuso que la Junta Central Electoral informara sobre la existencia o no de la documentación correspondiente a las actas del Colegio Electoral 90, en atención al objeto del proceso.

El Tribunal continuará con el análisis del caso una vez vencido el plazo otorgado para los escritos justificativos, y se espera una decisión definitiva en las próximas semanas.

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