Cámara de Cuentas concluye que no hubo irregularidades en contratación de Miacargo por parte del Inposdom

0
26
Getting your Trinity Audio player ready...

Santo Domingo.– La Cámara de Cuentas de la República Dominicana determinó que no existen irregularidades en la contratación de la empresa Miacargo por parte del Instituto Postal Dominicano (Inposdom), según establece el informe final de una investigación especial correspondiente al período comprendido entre el 1.º de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

La auditoría, realizada a solicitud de la Dirección de Auditoría en junio de 2022, revisó contratos suscritos, procesos de compras y contrataciones, así como aspectos relacionados con la gestión institucional y el personal. De acuerdo con la Resolución núm. AUD-2025-008, refrendada el 10 de junio de 2025, las relaciones contractuales entre Inposdom y Miacargo no están relacionadas con los hallazgos de la investigación, por lo que la empresa queda exenta de responsabilidad administrativa.

Las autoridades del Inposdom, bajo la presidencia de la doctora Emma Polanco Melo, resaltaron que los procedimientos seguidos durante el período auditado se ajustaron a la normativa vigente, con apego al debido proceso, incluyendo el respeto al derecho a réplica de los funcionarios implicados.

El informe responde a un contexto de creciente exigencia ciudadana por una mayor transparencia y rendición de cuentas en la administración pública, y abarca también el análisis de desvinculaciones de personal de carrera administrativa.

Fuentes relacionadas aclararon que el contrato auditado corresponde a la empresa Ezemarval LLC, no a Miacargo SRL, por lo que esta última se desliga de dicho acuerdo. Asimismo, se indicó que Jesús Sole Martínez (39 años), mencionado en documentos previos, nunca fue empleado de Miacargo. El nombre correcto es Jesús Solé Llerena (61 años), quien tampoco es ni ha sido socio de Ezemarval LLC (Miacargo).

El informe fortalece la posición institucional del Inposdom y la empresa auditada, dejando constancia de la legalidad de sus actuaciones en el período investigado.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí