TSE archiva expediente contra Fuerza del Pueblo y cancela audiencia contra el PLD

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Santo Domingo. – En el expediente número TSE-01-0020-2025, correspondiente a un referimiento de hora a hora por extrema urgencia, mediante el cual se solicitaba la suspensión provisional de las resoluciones sin números emitidas los días 5 de julio y 5 de agosto de 2025 por el Tribunal Nacional Disciplinario del Partido Fuerza del Pueblo (FP), el Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió el desistimiento presentado por la parte accionante y ordenó el archivo definitivo del expediente. 

La demanda fue incoada por el señor José Socorro Peña Santana contra el Partido Fuerza del Pueblo; su Tribunal Nacional Disciplinario y la Comisión de Justicia Electoral de esa organización política.

ANTECEDENTES DEL CASO

En la audiencia previa, celebrada el 28 de agosto, el pleno del TSE rechazó la medida de instrucción presentada por el demandante, que buscaba suspender provisionalmente los efectos de las resoluciones cuestionadas, a través de la aplicación de una medida cautelarísima.

El tribunal consideró que dicha petición perseguía lo mismo que el fondo de la demanda principal, por lo que la declaró improcedente ya que, de acogerla, habría dejado al referimiento carente de objeto.

La decisión fue adoptada de manera unánime por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz.

CANCELACIÓN DE OTRA AUDIENCIA

De otro lado, en una Acción Constitucional de Amparo contra los efectos particulares de la resolución número 001-08-2025, emitida el 20 de agosto de 2025 por la Comisión Especial designada por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en calidad de Comisión Nacional Electoral, para ejecutar la sentencia TSE/0005/2025, la Alta Corte canceló el rol como consecuencia de la incomparecencia de las partes. En este caso, el expediente es el número TSE-05-0008-2025.

En este proceso figuraban como accionantes los señores Manuel Emilio Mateo Encarnación; Yojanny Patricia Capellán Frías; Adriano Boció Montero; Alejandrina de los Santos Contreras; Luis José Güichardo Rosa; Amada Mateo Marte; Wilmer Gil y Clariluz Bueno.

De su lado, la parte demandada era el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y los ciudadanos Miguelina Matilde Acosta Torres; Celso Martínez; Nacito Alcántara Mateo; Benero Montero Ferreras; Ruperto Sánchez Pérez; Julio Amable Mateo Valdez; Narcisa Cruz Martínez; Marisela Luna Alcántara y Bienvenido Laureano Bidó Núñez.

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