TSE declara inadmisible acción de amparo contra la JCE
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Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo electoral interpuesta el 21 de noviembre de 2025 por Miguel Alberto Valoy Ramírez contra la Junta Central Electoral (JCE), al determinar que la solicitud era notoriamente improcedente.
La Alta Corte explicó que la petición del accionante pretendía exigir el cumplimiento o ejecución de una decisión judicial previa, supuesto que no corresponde al objeto del amparo electoral. El fallo se fundamentó en el artículo 70, numeral 3, de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como en el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
La decisión fue emitida por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, jueces titulares. El tribunal ordenó que la sentencia sea notificada a las partes mediante la Secretaría General y publicada en el portal institucional.
Audiencia aplazada
En la misma jornada, el TSE aplazó para el jueves 18 de diciembre la audiencia del Recurso de Impugnación contra la Resolución RES CDJE-003-11-2025, emitida el 5 de noviembre de 2025 por la Comisión de Justicia Electoral del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El aplazamiento busca garantizar la presencia de uno de los representantes legales de la parte demandante, integrada por Yojanny Patricia Capellán Frías, Adriano Bocio Montero, Alejandrina de los Santos Contreras, Luis José Güichardo Rosa, Amada Mateo Marte, Wilmer Gil y Clariluz Bueno.
Como parte recurrida figuran el PLD y los ciudadanos Miguelina Matilde Acosta Torres, Celso Martínez, Nacito Alcántara Mateo, Benero Montero Perreras, Ruperto Sánchez Pérez, Julio Amables Mateo Valdez, Narcisa Cruz Martínez, Marisela Luna Alcántara y Bienvenido Lauriano Bido Núñez.
El Tribunal reiteró su compromiso con el respeto al debido proceso y la correcta aplicación de los procedimientos contenciosos electorales en el país.