Colocan pilotillos en terrenos privados de Playa Encuentro
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Cabarete, Puerto Plata.- Representantes legales de Inversiones Calpe, S.R.L., empresa representada por el inversionista estadounidense Lance B. Lundberg, informaron que dieron cumplimiento a decisiones judiciales mediante la colocación de pilotillos en terrenos de su propiedad ubicados en Playa Encuentro, Cabarete.
La empresa aseguró que las estructuras fueron colocadas dentro del perímetro de su propiedad y que no afectan el derecho colectivo de acceso y disfrute de Playa Encuentro.
Calpe indicó además que ha acondicionado áreas de sus terrenos para estacionamiento público y habilitado baños, duchas y servicios de seguridad para los visitantes, con el objetivo de organizar el acceso, evitar la circulación de vehículos por zonas sensibles y contribuir a la protección de las condiciones naturales de la playa.
La colocación de los pilotillos se sustenta en la sentencia núm. 0030-1643-2025-SSEN-00312, emitida el 30 de abril de 2025 por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que ordenó el cumplimiento efectivo de una decisión anterior y dispuso que las autoridades permitieran a los propietarios cercar la parcela 1-Ref-13 del Distrito Catastral núm. 2 de Puerto Plata, sin obstáculos.
El fallo también ordenó el cese de las intromisiones en la propiedad privada, el retiro de letreros instalados dentro del inmueble y la corrección de señalizaciones ubicadas en zonas aledañas que ofrecieran información incorrecta sobre los caminos y accesos a Playa Encuentro.
De acuerdo con la empresa, la decisión judicial estableció que el acceso al área de dominio público de la playa no debe realizarse atravesando sus terrenos, debido a la existencia de un camino público destinado para ese propósito.
Asimismo, recordó que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por los ministerios de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales contra la sentencia del TSA del 30 de abril de 2025.
La decisión de la Suprema Corte, identificada como SCJ-TS-25-4322 y dictada el 18 de diciembre de 2025, mantuvo vigente el mandato que permite cercar el inmueble y establece que las instituciones públicas deben abstenerse de ingresar a la propiedad sin autorización de sus legítimos propietarios.
El fallo del TSA también impuso al Ministerio de Turismo, al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (Ceiztur), la Armada de República Dominicana, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Servicio Nacional de Protección Ambiental (Senpa) el pago de una astreinte por cada día de retraso en la ejecución de la decisión, una vez vencido el plazo correspondiente tras su notificación.
Esta medida fue adoptada luego de que las autoridades no ejecutaran íntegramente la sentencia núm. 0030-1643-2024-SSEN-00889, emitida el 13 de noviembre de 2024 por la Quinta Sala del TSA.
Calpe explicó que el cercado realizado actualmente responde a los mandatos establecidos por los tribunales y tiene como finalidad delimitar y proteger la propiedad privada, impedir el tránsito por caminos no autorizados y garantizar que el acceso a Playa Encuentro se realice por la vía pública reconocida judicialmente.
La empresa reiteró su llamado a las autoridades y a los usuarios de Playa Encuentro a respetar tanto el carácter público de la playa como los derechos de propiedad reconocidos por las decisiones judiciales.